Precios y normativa
Normativas
Ordenanzas y reglamentos
- Reglamento Regulador del Servicio de Tanatorio Municipal
- Ordenanza Reguladora de la Prestación Patrimonial de Carácter Público no Tributario del Servicio de Cementerio y Tanatorio
- Reglamento Regulador del Servicio de Cementerios Municipales
Normativa Interna de Cementerios Municipales de Íllora
- Todas las empresas que realicen trabajos para los titulares de las concesiones deben presentar a la concesionaria la siguiente documentación:
- Solicitud para realizar los trabajos a la concesionaria con al menos 24 horas de antelación a la realización de los trabajos
- Copia del Título de Derecho Funerario
- Autorización firmada por el titular para realizar los trabajos
- Solicitud de acceso de vehículos a los cementerios si fuera necesario
- Justificante de solicitud de Licencia de obras
- Copia de Licencia de Actividad o declaración responsable equivalente
- Formularios TC1 y TC2 de la última mensualidad
- Certificado de estar al corriente de pago en obligaciones tributarias y de Seguridad Social
- Seguro de responsabilidad civil
- Firma del formulario de seguridad y salud facilitado por la concesionaria
- Solicitud para realizar los trabajos a la concesionaria con al menos 24 horas de antelación a la realización de los trabajos
- La concesionaria puede asignar unidades de enterramiento vacías para realizar inhumaciones si no existen suficientes unidades de enterramiento disponibles. Las unidades de enterramiento vacías (reservadas) se irán asignando por orden de antigüedad de la sección dando prioridad a las unidades de enterramiento que no hayan sido regularizadas si fuese necesario.
- No está permitido la colocación de elementos sueltos que no estén fijados a las lápidas a ninguna altura ni de materiales frágiles que pueden romperse fácilmente como el vidrio y la cerámica por motivos de seguridad de los usuarios y empleados de la concesionaria así como para preservar la limpieza de los cementerios.
- No está permitido dejar lápidas desmontadas en el cementerio por motivos de seguridad y para evitar situaciones de robos o deterioros de las mismas.
- Las escaleras y demás utensilios de limpieza deben estar identificados con Nombre, Apellidos y Nº de teléfono en las zonas adecuadas para ello. La concesionaria no se hace responsable de pérdidas y deterioros de las propiedades de los usuarios y retirará todos los elementos que estén fuera de las zonas acondicionadas para ello.
- Los aplacados sobre bóvedas deberán quedar sujetos por sí mismos al frente del hueco, y nunca apoyarse sobre las aceras.
- Los ornamentos florales frescos serán retirados una vez estén marchitos por motivos de higiene y saneamiento de las instalaciones.
- Los ornamentos decorativos artificiales serán retirados cuando presenten un aspecto deteriorado o estén en las zonas comunes por motivos de higiene y saneamiento de las instalaciones.
- Las plantaciones se consideran accesorias de las construcciones, y están sujetas a las mismas reglas de aquéllas, siendo su conservación obligación de los titulares, y en ningún caso podrán invadir las calles ni otras construcciones vecinas.
- Las concesiones de parcelas donde existan tumbas de tierra no otorgan derecho a inhumación de cadáver y no pueden ser renovadas al no ser construcciones funerarias recogidas dentro del reglamento de cementerios del municipio de Íllora.
- En caso de exhumación de restos con destino a otro cementerio, se depositarán en todo caso en caja hermética adecuada para el traslado de restos, rechazando cualquier otro tipo de contenedor o bolsa.
- En las instalaciones está excluida la actuación de cualquier persona por cuenta de empresas ajenas a la concesionaria, salvo el tiempo y trayecto estrictamente necesarios para la entrega o recogida de cadáveres, o en su caso de flores u otros ornatos encargados por usuarios. Sólo por causa justificada y previa autorización de la concesionaria podrán acceder a dichas instalaciones personas o vehículos ajenos a la concesionaria.
Precios según ordenanza (Precios sin IVA).
DERECHOS FUNERARIOS OTORGADOS MEDIANTE CONCESIONES ADMINISTRATIVAS CON EXPEDICIÓN DE TITULO
Tipo de construcción | Cuota |
Nichos construidos por el Ayuntamiento o empresa concesionaria | 800 € |
Columbarios construidos por el Ayuntamiento o empresa concesionaria | 400 € |
DERECHOS FUNERARIOS OTORGADOS MEDIANTE CONCESIONES ADMINISTRATIVAS DE TERRENO EN LOS CEMENTERIOS PARA LA REALIZACIÓN DE CONSTRUCCIONES FUNERARIAS POR LOS PARTICULARES
Nº Espacios | Importe m2. |
2 | 157,50 € m2 |
3 | 165,00 € m |
4 | 172,50 € m2 |
5 | 180,00 € m2 |
6 | 187,50 € m2 |
7 | 195,00 € m2 |
8 | 202,50 € m2 |
9 | 210,00 € m2 |
10 | 217,50 € m2 |
INHUMACIONES
Inhumación (unidad) | Cuota |
En fosa | 100 € |
En resto de unidades de enterramiento | 80 € |
REINHUMACIONES
Reinhumación (unidad) | Cuota |
Restos | 80 € |
Cadáver | 400 € |
Cenizas | 80 € |
EXHUMACIONES
Exhumaciones (unidad) | Cuota |
Restos | 100 € |
Restos reducidos | 80 € |
Cenizas | 50 € |
Cadáver | 400 € |
SERVICIOS VARIOS
Servicios | Cuota |
Reducción de restos óseos | 80 € |
Manipulación de restos cadavéricos | 125 € |
Desmontaje de lápida | 80 € |
Colocación de lápida | 80 € |
Excavación de fosa | 400 € |
Tramitación cambio de titularidad concesión | 20 € |
Inscripción/modificación de unidades de beneficiarios de unidades de enterramiento | 20 € |
Expedición de duplicados de Título | 20 € |
Tramitación expedientes desistimiento | 20 € |
CONSERVACIÓN GENERAL DEL CEMENTERIO
Construcciones funerarias según nº de espacios | Cuota |
1 espacio | 11 € |
2 espacios | 11,5 € |
3 espacios | 12,00 € |
4 espacios | 12,50 € |
5 espacios | 13,00 € |
6 espacios | 13,50 € |
7 espacios | 14,00 € |
8 espacios | 14,50 € |
9 espacios | 15,00 € |
10 espacios en adelante | 15,50 € |
TANATORIO
Uso de las instalaciones (unidad) | Cuota |
Cámaras de depósito hasta 24 horas. Por cada hora adicional o fracción, se incrementará en 5 €. | 75 € |
Espacio de culto (Por sesión). | 50 € |
Salas de velatorio hasta 24 horas de uso. Por cada hora adicional o fracción, se incrementará en 15 €. | 500 € |
Servicios Complementarios (Precios sin IVA)
Servicios | Cuota |
Alquiler de escaleras (Gratis para concesiones regularizadas) Es necesario solicitar el uso de la escalera debido a los desniveles de los cementerios con 24 h de antelación. Servicio sólo disponible en los cementerios con escaleras certificadas. | 5 €/hora |
Corona Classic | 136,36 € |
Corona Premium | 172,72 € |
Ramo Classic | A Partir de 50 € |
Ramo Premium | A partir de 80 € |
Ornamentos florales naturales y artificiales para unidades de enterramiento | A partir de 30 € |
Reparaciones y limpieza de unidades de enterramiento por petición de los titulares | 20 €/hora |
Ejecución de reparaciones y mantenimiento en unidades de enterramiento (trabajos extraordinarios necesarios para realizar inhumaciones, exhumaciones u otros servicios) | 20 €/hora |
Servicio puntual de limpieza de nicho | 10 € |
Desmontaje de obra con mármol/ornamentación | 20 €/hora |
Aperitivo en Sala | A partir de 50 € |
Libro de firmas | 20 € |
Alquiler y transporte de sillas | 120 €/servicio |
Carroza fúnebre porta coronas con conductor | 40 €/hora |
Recordatorios | 1 €/unidad |
Relicarios | A partir de 40€ |
Tanoestética | 55 € |
Desmontaje de féretro | 25 € |
Sudario o envoltura sanitaria | 10 € |
Bolsa biodegradable para restos | 15 € |
Cajas de restos de diferentes tipos | 25 € |
Gestiones administrativas excepcionales (traslados internacionales, etc...) | 123 € |