Disposición Transitoria Tercera de la Ordenanza de Cementerios
En el Plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de este Reglamento, deberán solicitarse los cambios de titularidad correspondientes de todos aquellas concesiones cuyo titular no sea conocido o no disponga de título en vigor.
Disposición Transitoria Tercera de la Ordenanza de Cementerios
En el Plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de este Reglamento, deberán solicitarse los cambios de titularidad correspondientes de todos aquellas concesiones cuyo titular no sea conocido o no disponga de título en vigor.